viernes, 29 de noviembre de 2024

Resolución de la Inspección de Trabajo Regional sobre la actividad preventiva en Andalucía Emprende

Comunicado: Resolución de la Inspección de Trabajo Regional sobre la actividad preventiva en Andalucía Emprende

La Inspección de Trabajo Regional ha convocado a la empresa y al Comité Intercentros de Seguridad y Salud a una reunión para presentar las conclusiones tras la revisión de la documentación enviada por la empresa.

A continuación, resumimos las principales exigencias que la Inspección ha trasladado a la empresa:

  1. Actualización de las planificaciones preventivas

    • Deben ser consensuadas con la representación social del Comité de Seguridad y Salud Intercentros.

    • Estas planificaciones deben incluir cronogramas detallados y un presupuesto específico. Según consta en la documentación que se le ha trasladado a la Inspección, la planificación está desactualizada en la mayoría de los centros.

  2. Transparencia y comunicación previa

    • Toda la información requerida debe ser trasladada también a la parte social del Comité de Seguridad y Salud Intercentros.

  1. Medidas preventivas pendientes

    • La empresa tiene la obligación de acordar con la parte social todas las medidas preventivas que aún no han sido implementadas, estableciendo cronogramas claros y presupuestos para su ejecución inmediata, especialmente aquellas relacionadas con riesgos altos y muy altos.

    • Así como también se hizo referencias a las medidas relacionadas con los riesgos psicosociales, reseñando que son medidas que deben ir también en la planificación de PRL y deben ejecutarse.

  2. Responsabilidad y firma

    • Todas las medidas preventivas deben estar firmadas por el responsable correspondiente.

  1. Coordinación en visitas a centros de trabajo

    • Cada vez que la empresa realice visitas a los centros de trabajo para cuestiones preventivas, deberá informar previamente a los delegados provinciales de Seguridad y Salud, quienes tienen entre sus labores la potestad de acompañar dichas visitas para garantizar que la actividad preventiva sea consensuada y no unilateral.

  2. Convocatoria de comités provinciales

    • La empresa debe convocar las reuniones con los Comités de Seguridad y Salud provinciales, tal como establece la normativa vigente y debe remitir ese calendario.

  3. Protocolos obligatorios

    • Protocolo de Acoso: La Inspección exige se le envíe el documento aprobado e implementación con carácter de urgencia.

    • Protocolo de Violencia Externa: La empresa debe acelerar su aprobación e implantación y remitirlo a la inspección.

    • Protocolo de Acoso Sexual: Aunque su aprobación corresponde a la Comisión de Igualdad, la Inspección requiere que la empresa informe de su estado y presente una fecha aproximada para su aprobación y puesta en marcha.

Desde este CCOO manifestamos nuestro respaldo a las conclusiones de la Inspección y reiteramos la necesidad de que la empresa cumpla de manera estricta con todas estas exigencias para garantizar la seguridad, la salud y los derechos de los trabajadores y trabajadoras. Seguiremos vigilantes para asegurar su aplicación efectiva.


¿Cuando va a asumir sus responsabilidades la Dirección de la empresa?

CCOO es responsable de velar por se cumpla la ley. La responsabilidad de la empresa es cumplirla, y el Director General, el máximo responsable.

Desde CCOO volvemos a incidir en la situación insostenible que sufre el servicio de prevención, con solo dos técnicos para toda Andalucía.


¡Por una prevención real y efectiva en nuestros centros de trabajo!


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