
• Los
Presupuestos andaluces recogen el abono de la parte adicional de las
pagas extras de julio y diciembre de 2015 (o su importe equivalente), excepto
para el personal con pago delegado de Concertada. En el caso de Andalucía Emprende, el 5% del sueldo.
• Los Presupuestos
andaluces NO recogen la devolución de los 44 días devengados antes de la
entrada en vigor del RDL 20/2012 (un 24,4% de la paga extra) de diciembre de
2012.
• Los Presupuestos
Generales del Estado (adicional décima) sólo contemplan dicha devolución para
el personal de la
Administración General del Estado y deja a cada
administración la posibilidad de proceder de igual forma, siempre y cuando se
respete el cumplimiento de los criterios y procedimientos establecidos en la Ley Orgánica 2/2012
de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Estabilidad Financiera.
• En la Mesa General de Función Pública de la Junta de Andalucía se exigió
dicha devolución, respondiendo con una negativa. Como sabes, a pesar de las
sentencias ganadas en este sentido, dicha devolución en algunas Comunidades
Autónomas se ha llevado a efecto mediante negociación y acuerdo con las
organizaciones sindicales. En
otras Comunidades se ha adelantado la siguiente paga extra seis meses para que
su personal tuviera la menor pérdida de poder adquisitivo posible.
Por tanto, no habrá dicha devolución en Andalucía, un motivo
más para seguir luchando en contra de los recortes de la Junta.
¡¡¡Por
la recuperación de un dinero que la
Junta niega a sus empleados públicos!!!.
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