Se adjunta respuesta al correo del día 18 enviado por la empresa. Esta repuesta y todas las anteriores se consensúa por 31 representantes legales de los trabajadores AEFPA de los 64 que hay, cumpliendo con la responsabilidad que tenemos de velar y garantizar los derechos de todo el personal de la Fundación, según el Estatuto de los Trabajadores, independientemente de siglas sindicales.
El silencio no puede ser una opción ante un Plan de Ajuste que contempla despidos por parte de la empresa como primera opción.
RESPUESTA AL COMUNICADO DE LA FUNDACIÓN DEL DÍA 18 DE JUNIO DE 2014
Punto A
Sobre el contenido de las reuniones de la Mesa Negociadora de los días 21 y 30 de enero, 6 de febrero, 25 y 30 de abril.
No merece la pena polemizar, que se remitan las actas de dichas reuniones a la plantilla de AEFPA y fin de la disputa.
Nota: Recordar que las elecciones sindicales tuvieron lugar el 12 de marzo de 2014.
Punto B
Se habla de no usar términos traumáticos que puedan alarmar a la plantilla de AEFPA.
Desde cuando en este país llamar a las cosas por su nombre puede ser traumático y causar alarma, más bien será todo lo contrario, usar los términos adecuados contribuye a la claridad y transparencia, y eso, siempre es positivo.
Pero lo sorprendente es afirmar, a reglón seguido, que se dejó claro que los despidos se harían según los criterios establecido para los ERE en el ET, los cacareados artículos 51 o 52. Eso se parece mucho a las técnicas oscurantistas consistentes en no nombrar las cosas por su nombre, pero acto seguido, dejar constancia por escrito de la naturaleza jurídica del procedimiento, por si acaso. No parece esta forma de proceder la más leal de todas las posibles.
Por otro lado, la plantilla de AEFP cuenta con un alto nivel formativo, por lo que creemos que estos trabajadores/as tienen capacidad de razonamiento suficiente como para no montar en pánico porque a una “Baja Objetiva por Razones Económicas” se la llame ERE (si se aplica a más de 30 trabajadores). Es más, pensar lo contrario es menospreciar a este colectivo, y dice más de lo que piensa quien emite ese juicio sobre el colectivo de trabajadores/as de AEFPA, que sobre el fondo de cualquier cuestión que se debata.
Punto C
Esta disparidad de opiniones, sólo tiene una respuesta, publicar las actas de la reunión de la Mesa de Negociación reunida el día 30 de abril.
Punto D
En este punto, sólo una objeción, el plazo de recepción de solicitudes acaba el día 12 de mayo y la reunión informativa se convoca el día 11 y 12 de junio.
Parece, al menos a nosotros, que ha existido un retraso injustificable, parece excesivo el plazo de un mes para calcular el finiquito para 12 trabajadores/as, puesto que ninguna otra información importante parece ser que se pretendía dar en esas reuniones de los días 11 y 12 de junio.
Punto E
En este punto sólo cabe sorprenderse, es extraño que la Dirección de la Fundación, tras años ignorando opiniones de CCOO sobre temas legales de tanta importancia para la plantilla de AEFPA como son el reparto de la masa salarial o la ultraactividad de los convenios colectivos, de repente, consideren que una opinión sobre temas legales vertida por CCOO en uno de sus comunicados, es poco menos que un obstáculo insalvable para llevar a cabo una medida del Plan de Ajuste, para cuya ejecución, tiene todas las competencias que le confiere el ET tras la nueva redacción del mismo, derivada de la reciente reforma laboral.
Algo parecido a lo que ya hizo esa Dirección, considerando en aplicación de la reforma laboral del Partido Popular, que los convenios en vigor en AEFPA no estaban en ultraactividad a partir del día 15 de septiembre de 2013 (para justificar este extremo se encargó un “sesudo” informe jurídico al experto jurista, Sr. José Miguel Caballero Real).
Punto F
En este punto aparece la palabra clave de todo este embrollo, fraude, nadie pronunció esa palabra en las reuniones del día 11 y 12 de junio, sólo se recomendó a la Fundación que se viera la posibilidad de llevar a cabo estas bajas voluntarias por otras vías legales diferentes a la de los ERE, artículos 51 o 52 del ET, para evitar posibles perjuicios futuros para los trabajadores que se acogían a esa medida y a aquellos que permanecían en la Fundación.
En definitiva, se afirma que se paraliza la medida por una opinión de los representantes de CCOO, algo curioso cuando menos, dado que se pueden contar con los dedos de una mano las veces que la Dirección de AEFPA ha prestado atención a lo dicho por este sindicato. La Fundación debería explicar la razón porqué esta pauta de comportamiento ha cambiado tan repentinamente.
CONCLUSIONES
1.- Nadie en CCOO ha pretendido en ningún momento ocultar el comunicado de esta formación del día 11 de junio, tal como dice la Dirección de RRHH de la Fundación, difícilmente podríamos ocultar algo que está en la bandeja de entrada de todos los trabajadores/as de AEFPA.
2.- La Fundación ha proporcionado una información escasa, siendo generosos, sobre el proceso, no es de recibo convocar una reunión informativa con los 8 comités de empresa de AEFPA 30 días después de conocer el número total de personas acogidas a la medida de bajas voluntarias incentivadas y sólo 19 días antes de la fecha límite para la aplicación de esa medida.
3.- Sorprende la insistencia de la Fundación por conocer las opiniones de CCOO sobre aspectos legales, máxime cuando en el pasado jamás se tuvo en cuenta estas opiniones, y esta opinión, no es ningún inconveniente para que la Fundación pueda aplicar las medidas que crea conveniente dentro del marco legal del ET.
4.- Si tan importante para la Fundación es contar con avales jurídicos suficientes para garantizar a los trabajadores que se acojan a la medida de las bajas voluntarias incentivas que no sufrirán ningún perjuicio en el futuro, se nos ocurren dos vías rápidas y fáciles a las que la Fundación ha recurrido en el pasado para resolver diferencias legales, como las relativas a la ultraactividad de los convenios. Esas medidas pueden ser las siguientes:
- Pedir a los servicios jurídicos de la Fundación, que son profesionales del derecho de gran capacidad profesional, que emitan un informe sobre la materia de las bajas previstas, informe que firmado por estos profesionales debería remitirse a los 12 trabajadores/as que han manifestado la intención de acogerse a las bajas voluntarias incentivadas, todo ello en favor de la seguridad jurídica y la tranquilidad de estos trabajadores de cara al futuro.
- Encargar a un profesional externo de reconocido prestigio un informe sobre la materia, tal como se hizo en su día para dilucidar la cuestión de la ultraactividad de los convenios, encargando un informe jurídico al Sr. José Miguel Caballero Real y que fue remitido por la Gerencia de la Fundación a todos los empleados de AEFPA. Si se toma esta vía, por favor asegúrense de que la persona que lo realiza no este imputado en ningún caso de corrupción que pueda perjudicar la imagen de la Fundación y de los trabajadores que prestamos servicio en ella.
Estos informes jurídicos, cualquiera que sea la fórmula elegida, firmados y respaldados en ambos casos por solventes profesionales del derecho, supondrían una garantía para todos los trabajadores/as de AEFPA que deseen acogerse a las bajas voluntarias incentivadas, y nos permitiría a los representantes de los trabajadores tener la absoluta certeza de que lo hecho hoy, no generará en el futuro situaciones perjudiciales para los trabajadores/as de nuestra Fundación, puesto que la resolución hoy de esas dudas son la garantía futura de que los empleados acogidos a medidas de bajas voluntarias no se vean sorprendidos de forma desagradable.
5.- Y como colofón a este escrito, deseamos hacer una petición a nuestros responsables de RRHH, no sería mejor y más útil recurrir a opiniones cualificadas e identificadas con su firma, para resolver disparidades de criterios sobre temas jurídicos, antes que entrar en esta “peleíta” de comunicados y contracomunicados que nada soluciona a los 12 trabajadores/as que esperan acogerse a las medidas de baja voluntaria. Pero esto es sólo una reflexión que dejamos en aire para quien la quiera hacer suya.
Tampoco estaría mal que la empresa fuese mas transparente y facilitara a los representantes toda la información, incluido los datos de los trabajadores que han solicitado acogerse, a los que se le ha concedido y a los que no y las causas, y se justifique debidamente la minoración de presupuesto que alega la empresa.
Una última petición aprovechando la enorme atención que ponen a todo lo que decimos últimamente: CONVOQUEN LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA DISTRIBUIR LA MASA SALARIAL Y LLEGAR A UN ACUERDO DE CONVENIO ÚNICO, no le den mas vueltas a lo que únicamente tiene un camino.
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