jueves, 17 de septiembre de 2015

Comunicado conjunto parte social SERCLA 16 09 2015

La parte social representantes de las trabajadoras y trabajadores de Andalucía Emprende Fundación Pública Andaluza (AEFPA) de manera conjunta INFORMAMOS A TODO EL PERSONAL QUE:Ayer miércoles 16 de septiembre se celebró en la sede del SERCLA la sesión de comparecencia de partes ante el Consejo de Relaciones Laborales, en adelante CARL, en relación a la petición presentada por la representación de AEFPA de arbitraje.



A esta sesión acudimos tanto la representación por AEFPA, como la representación de las trabajadoras y trabajadores, parte social, que componemos la Comisión Negociadora.

En dicha reunión desde la parte social de manera conjunta y consensuada manifiestamos acuerdo al sometimiento voluntario de un arbitraje para solucionar aquellas cuestiones en que no haya consenso y que tienen paralizada la negociación, no sin antes agotar todas las posibles vías alternativas.

Asímismo, expresamos la importancia de analizar el contenido de todas las materias que formarán parte del CC, partiendo del Pre-acuerdo alcanzado en su día, como documento base y así determinar si además de la cuestión económica hubiera alguna otra materia objeto de discrepancia que se incluyera en el proceso de arbitraje.

Para ello, TODA LA PARTE SOCIAL nos reuniremos previamente con la finalidad de presentar el próximo 6 de octubre a la representación de la Fundación una plataforma de CC con todas las materias que deben ser incluídas, para llegar a un "acuerdo previo" de las mismas, y a continuación solicitar tanto la parte social como la Fundación el arbitraje con las materias a someter al mismo.Dichas reuniones se celebrarán en el seno de la sede del SERCLA, al objeto de poder contar con su Mediación, caso necesario, en alguna de las materias a consensuar.

El arbitraje es un procedimiento extrajudicial que tiene como objetivo solventar discrepancias en diversas materias que originan un conflicto entre partes, en nuestro caso, el bloqueo en la Negociación Colectiva.
Una vez escuchadas todas las partes, el Laudo Arbitral que se determine, será deOBLIGADO CUMPLIMIENTO para todas las partes de ahí la importancia de determinar y consensuar qué materias y en qué términos debe someterse al proceso de arbitraje.


Es responsabilidad de todas las partes de la Comisión Negociadora negociar un único Convenio Colectivo para todo el personal de AEFPA desde el respeto, igualdad de trato, y unas condiciones de trabajo dignas y sin discriminaciones y desigualdades.

Acceder al Preacuerdo del año 2011

Comunicado conjunto parte social SERCLA 16 09 2015

La parte social representantes de las trabajadoras y trabajadores de Andalucía Emprende Fundación Pública Andaluza (AEFPA) de manera conjunta INFORMAMOS A TODO EL PERSONAL QUE:

Ayer miércoles 16 de septiembre se celebró en la sede del SERCLA la sesión de comparecencia de partes ante el Consejo de Relaciones Laborales, en adelante CARL, en relación a la petición presentada por la representación de AEFPA de arbitraje.
 
A esta sesión acudimos tanto la representación por AEFPA, como la representación de las trabajadoras y trabajadores, parte social, que componemos la Comisión Negociadora.
En dicha reunión desde la parte social de manera conjunta y consensuada manifiestamos acuerdo al sometimiento voluntario de un arbitraje para solucionar aquellas cuestiones en que no haya consenso y que tienen paralizada la negociación, no sin antes agotar todas las posibles vías alternativas.
Asímismo, expresamos la importancia de analizar el contenido de todas las materias que formarán parte del CC, partiendo del Pre-acuerdo alcanzado en su día, como documento base y así determinar si además de la cuestión económica hubiera alguna otra materia objeto de discrepancia que se incluyera en el proceso de arbitraje.
Para ello, TODA LA PARTE SOCIAL nos reuniremos previamente con la finalidad de presentar el próximo 6 de octubre a la representación de la Fundación una plataforma de CC con todas las materias que deben ser incluídas, para llegar a un "acuerdo previo" de las mismas, y a continuación solicitar tanto la parte social como la Fundación el arbitraje con las materias a someter al mismo. Dichas reuniones se celebrarán en el seno de la sede del SERCLA, al objeto de poder contar con su Mediación, caso necesario, en alguna de las materias a consensuar.
El arbitraje es un procedimiento extrajudicial que tiene como objetivo solventar discrepancias en diversas materias que originan un conflicto entre partes, en nuestro caso, el bloqueo en la Negociación Colectiva.
Una vez escuchadas todas las partes, el Laudo Arbitral que se determine, será de OBLIGADO CUMPLIMIENTO para todas las partes de ahí la importancia de determinar y consensuar qué materias y en qué términos debe someterse al proceso de arbitraje.
 
Es responsabilidad de todas las partes de la Comisión Negociadora negociar un único Convenio Colectivo para todo el personal de AEFPA desde el respeto, igualdad de trato, y unas condiciones de trabajo dignas y sin discriminaciones y desigualdades.

viernes, 11 de septiembre de 2015

Repuesta Comunicado anunciando Arbitraje Direccion Gerencia

A/A Directora Gerente AEFPA
C/C  Sr. Consejero y Sr. Viceconsejero

En relación al comunicado que ha enviado a todo el personal de AEFPA y con el objeto de que a todas las trabajadoras y trabajadores afectados por la paralización desde hace más de un año de la negociación colectiva, y la situación de "conflicto de intereses" patente que desde febrero de 2013 es manifiesta ante la negativa desde la Dirección de AEFPA de negociar un CC único para todo el personal de AEFPA desde la igualdad, el respeto, y la no discriminación, pretendiendo mantener la diferencia salarial disfrazada con sólo el reconocimiento de igualdad en el Salario Base, desde esta representación le recordamos Señora Gerente, que desde la buena fe y el consenso, como usted apela:
1- La Dirección de AEFPA se ha negado en todo momento a solucionar el conflicto a través del arbitraje, que ha sido en reiteradas ocasiones propuesto por esta representación ante la situación de bloqueo, utilizándose por parte de usted y su equipo directivo el SERCLA para solapar a la Comisión Negociadora e imponer las "tablas salariales" objeto de la discrepancia.
2- Tuvimos la representación por CC.OO que manifestarnos el pasado 12 de febrero en Sevilla en la presentación del programa “Lanzaderas de Empleo” para que hablara y reconociera que el arbitraje era necesario.
Y manifestarnos en otras ocasiones, como el Día de la Persona Emprendedora (Málaga), para recordarle que esta cuestión debe resolverse porque es su responsabilidad.

3- A pesar de ello, hasta el pasado viernes 4 de septiembre, no se presenta solicitud por parte de la Dirección de AEFPA para proceder a un proceso arbitral.
4- Han presentando una solicitud con carácter unilateral, sin haber previamente convocado a la Comisión Negociadora y de manera conjunta y consensuada presentar la solicitud ratificada por todas las partes.
Si usted habla de buena fe y consenso, podría responder a esta representación y al conjunto de trabajadores y trabajadores:
1- ¿POR QUÉ NO HA CONVOCADO FORMALMENTE A LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LLEGAR A UN ACUERDO DE ACUDIR A UN ARBITRAJE Y LAS MATERIAS A PROPONER, MÁXIME CUANDO DESDE CC.OO HACE AÑOS VENIMOS PIDIÉNDOLO, Y DE ESTA MANERA AHORRAMOS TIEMPO EN VOLVER A VERNOS EN EL SERCLA, ANTES DE QUE SE INICIE EL ARBITRAJE?
2- ¿POR QUÉ NO INFORMA A TODO EL PERSONAL DE CÓMO CONTINUAN SÓLO ADMITIENDO LA HOMOGENEIDAD EN EL SALABRIO BASE Y RETRIBUCIÓN VARIABLE (INCENTIVOS, PRODUCTIVIDAD), Y ASÍ LO INCLUYEN EN SU SOLICITUD DE ARBITRAJE, INCLUYENDO EL RESTO DE RETRIBUCIONES TAMBIÉN COMO OBJETO DEL ARBITRAJE SIN PEDIR HOMOGENEIDAD E IGUALDAD PARA TODO EL PERSONAL QUE DESEMPEÑE EL MISMO TRABAJO?

3- ¿POR QUÉ NO HA ACORDADO CON LA REPRESENTACIÓN SOCIAL LA MATERIA OBJETO DEL ARBITRAJE Y DE MANERA UNILATERAL PRESENTA LA SOLICTUD Y LAS MATERIAS, IGNORANDO A LA REPRESENTACIÓN LEGAL QUE DEFENDEMOS LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS, Y CONTINÚA ACTUANDO COMO SI NEGOCIAR FUERA IMPONER Y SE HICIERA DE MANERA UNILATERAL?
Señora Gerente, así no avanzamos.
No es suficiente decir que es necesario el consenso y la buena fe.
Hay que demostrar con hechos que efectivamente se actúa de buena fe y se propicia el consenso...
Esta representación quiere solucionar de una vez por todas esta cuestión porque como ya hemos dicho en muchas ocasiones es responsabilidad de todas las partes de la Comisión Negociadora hacerlo, no obstante, no se puede solucionar este conflicto con cualquier acuerdo y máxime cuando el mismo perjudica a la mayor parte del personal y no respeta las premisas de IGUALDAD DE TRATO, NO DISCRIMINACIÓN, MISMA RETRIBUCIÓN POR IGUAL DESEMPEÑO.
El día 16 veremos esa actitud de consenso que propone, esperamos no sea la misma que en los distintos SERCLAS adoptan, como en el último sobre la paga extra.

"CONSULTAR NO ESTÁ DEMÁS, ES LO QUE HAY QUE HACER: NEGOCIAR CON LA REPRESENTACIÓN"




SEGUIREMOS INFORMANDO!!!

INFORMACIÓN SOBRE ARBITRAJE

¿QUIÉNES Y CÓMO SE SOLICITA UN ARBITRAJE?

Las partes que se ven afectadas por un conflicto, tal es nuestro caso ante el bloqueo de la negociación colectiva, de manera CONSENSUADA, acuerdan pedir que se realice un arbitraje, siendo necesario que TODAS LAS PARTES IMPLICADAS, TANTO LA EMPRESARIAL COMO LA SOCIAL, ACUERDEN SOMETERSE A UN ARBITRAJE. No caben solicitudes de arbitraje de una sola parte.
    
                  
¿QUÉ MATERIAS SE SOMETEN A ARBITRAJE?

La materia o materias que se someten a un arbitraje son aquellas QUE DE COMÚN ACUERDO LAS PARTES AFECTADAS POR EL CONFLICTO ASÍ DETERMINEN.

NO CABE QUE CADA PARTE LLEVE LO QUE CREA. ES INDISPENSABLE Y NECESARIO PARA QUE SE PUEDA CELEBRAR UN ARBITRAJE QUE LOS ASUNTOS/MATERIAS A TRATAR SEAN ACORDADOS POR TODAS LAS PARTES.

En nuestro caso el conflicto que bloquea desde casi el principio la negociación es la negativa por parte de la empresa de negociar nuevas tablas salariales donde todo el personal sin distinción de qué estructura anterior provengamos, FRAE-UTELDT, recibamos las mismas retribuciones económicas, tanto fijas como variable, en función al desempeño de su puesto de trabajo e igualdad/similares funciones.

POR LO TANTO EN NUESTRO CASO LA MATERIA A SOMETER A ARBITRAJE ES DE NATURALEZA ECONÓMICA.


¿QUÉ EFECTO PRODUCE LA DECISIÓN ARBITRAL?

Una vez que se inicia el proceso arbitral, porque todas las partes están de acuerdo en someterse a ello de manera voluntaria, y han consensuado la materia, o materias objeto del arbitraje, el árbitro dará audiencia a cada parte para que exponga los motivos y demás información que consideren necesaria para que pueda tomarse una decisión.

La decisión del árbitro se llama LAUDO ARBITRAL, y la misma es de OBLIGADO CUMPLIMIENTO Y DEBE SER ACATADA, de ahí la importancia del acuerdo de materias a tratar y de la voluntad de todas las partes a someterse a este procedimiento.

En nuestro caso, ante las posturas encontradas de la representación de la Fundación de no querer reconocer EL DERECHO A TENER LAS MISMAS RETRIBUCIONES, FIJAS Y VARIABLES, EN VIRTUD AL PUESTO DE TRABAJO Y DESEMPEÑO DE IGUALES O SIMILARES FUNCIONES, y la negativa por parte de la representación por CC.OO en AEFPA de no aceptar esta situación y no admitir las tablas salariales que sólo contemplan la igualdad en el Salario Base y la productividad obviándose que deben ser IGUALES TODAS LAS RETRIBUCIONES, INCLUIDOS COMPLEMENTOS.


ES NECESARIO QUE LA MATERIA O MATERIAS A SOMETER A UN LAUDO ARBITRAL RESPONDAN A ESTA SITUACIÓN Y POR LO TANTO LA DECISIÓN QUE SE ADOPTE DESDE EL ARBITRO VAYA REFERIDA A ESTA CUESTIÓN.


Para mayor información remitimos enlace:

miércoles, 9 de septiembre de 2015

Conflicto Paga Extra 2012 - 4 Sept 2015

El pasado viernes 4 de septiembre se celebró el acto de resolución de conflictos en el SERCLA referente al conflicto promovido por la representación legal por CC.OO en AEFPA en relación al REINTEGRO DE LA PAGA EXTRA DE 2012.
Nos volvemos a reiterar en esta pretensión dado que desde la Dirección de AEFPA a la fecha de hoy no se han pronunciado al respecto, a pesar de haberse presentado conflicto por este mismo concepto el año pasado y de haberse en reiteradas ocasiones exigido la devolución de la misma.
En dicho acto se presentan las siguientes pretensiones:
Devolución de la parte correspondiente a la paga extra de diciembre de 2012 retraída de manera ilegal como ya ha quedado reflejado en diversas sentencias al respecto, la cual a todo el personal del sector público del Estado, distintas Comunidades Autónomas, y demás organismos y entes instrumentales ha sido devuelta.
Pedimos que tal y como se refleja en el Acuerdo de la Junta de Andalucía firmado en el pasado mes de julio, que en el mes de febrero de 2016, como recoge el acuerdo, o bien antes, se liquide la parte proporcional ya abonado al resto del personal del sector público.
Respecto al resto de la paga extra, se pide que desde la Dirección de AEFPA se decida reponerla, máxime cuando desde el Gobierno Central se anuncia su restitución.
Desde la empresa se alega no conocer el acuerdo de la Junta de Andalucía, incluso dudan sobre si dicho acuerdo de la Junta de la Andalucía pudiera afectarnos.
Desde CC.OO volvemos a exigir el cumplimiento del Acuerdo de la Junta y que se incluyan en los presupuestos para 2016 el importe de la paga extra a reintegrar, dado que es un derecho que tenemos como trabajadores del sector público a los que se ha aplicado las diversas medidas restrictivas en materia económica y de derechos y por consiguiente, la restitución de las mismas, también debe aplicarse.
Desde la representación de la Fundación, una vez más, como es la práctica habitual DEMORAN LA DECISIÓN A CONSULTAR, no posicionándose y retrasando un posible acuerdo de devolución, como debería ser lo más rápido, factible y razonable.
No olvidemos que esta cuestión no es nueva, han tenido más de un año desde el último SERCLA para consultar y no es de recibo que acuda a un acto de esta envergadura personas que no ostenten capacidad para decidir.
Como consecuencia de dicha actitud, queda en suspensión la resolución de este conflicto en tanto en cuanto desde la Dirección de AEFPA no se consulte a la Consejería de Hacienda adoptar el compromiso de liquidación de la paga extra.
No obstante, a fecha de hoy, nos consta que la Consejería de Hacienda ha comunicado a todos los organismos del sector público que valoren económicamente la devolución de la paga extra del año 2012, para incluirlo en el anteproyecto de presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza, con lo cual, "CONSULTAR YA ESTÁ DE MÁS, PORQUE LA PROPIA CONSEJERÍA LO RECONOCE".

PARA RESTAURAR DERECHOS “DEBO CONSULTAR”, PARA ELIMINARLOS “POR DECRETO Y SIN RECHISTAR”. ES LA PRACTICA DILATORIA A LA QUE NOS TIENEN ACOSTUMBRADOS.


domingo, 6 de septiembre de 2015

Conflicto Paga Extra 2012 - 4 Sept 2015

El pasado viernes 4 de septiembre se celebró el acto de resolución de conflictos en el SERCLA referente al conflicto promovido por la representación legal por CC.OO en AEFPA en relación al REINTEGRO DE LA PAGA EXTRA DE 2012.
Nos volvemos a reiterar en esta pretensión dado que desde la Dirección de AEFPA a la fecha de hoy no se han pronunciado al respecto, a pesar de haberse presentado conflicto por este mismo concepto el año pasado y de haberse en reiteradas ocasiones exigido la devolución de la misma.
En dicho acto se presentan las siguientes pretensiones:
Devolución de la parte correspondiente a la paga extra de diciembre de 2012 retraída de manera ilegal como ya ha quedado reflejado en diversas sentencias al respecto, la cual a todo el personal del sector público del Estado, distintas Comunidades Autónomas, y demás organismos y entes instrumentales ha sido devuelta.
Pedimos que tal y como se refleja en el Acuerdo de la Junta de Andalucía firmado en el pasado mes de julio, que en el mes de febrero de 2016, como recoge el acuerdo, o bien antes, se liquide la parte proporcional ya abonado al resto del personal del sector público.
Respecto al resto de la paga extra, se pide que desde la Dirección de AEFPA se decida reponerla, máxime cuando desde el Gobierno Central se anuncia su restitución.
Desde la empresa se alega no conocer el acuerdo de la Junta de Andalucía, incluso dudan sobre si dicho acuerdo de la Junta de la Andalucía pudiera afectarnos.
Desde CC.OO volvemos a exigir el cumplimiento del Acuerdo de la Junta y que se incluyan en los presupuestos para 2016 el importe de la paga extra a reintegrar, dado que es un derecho que tenemos como trabajadores del sector público a los que se ha aplicado las diversas medidas restrictivas en materia económica y de derechos y por consiguiente, la restitución de las mismas, también debe aplicarse.
Desde la representación de la Fundación, una vez más, como es la práctica habitual DEMORAN LA DECISIÓN A CONSULTAR, no posicionándose y retrasando un posible acuerdo de devolución, como debería ser lo más rápido, factible y razonable.
No olvidemos que esta cuestión no es nueva, han tenido más de un año desde el último SERCLA para consultar y no es de recibo que acuda a un acto de esta envergadura personas que no ostenten capacidad para decidir.
Como consecuencia de dicha actitud, queda en suspensión la resolución de este conflicto en tanto en cuanto desde la Dirección de AEFPA no se consulte a la Consejería de Hacienda adoptar el compromiso de liquidación de la paga extra.
No obstante, a fecha de hoy, nos consta que la Consejería de Hacienda ha comunicado a todos los organismos del sector público que valoren económicamente la devolución de la paga extra del año 2012, para incluirlo en el anteproyecto de presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza, con lo cual, "CONSULTAR YA ESTÁ DE MÁS, PORQUE LA PROPIA CONSEJERÍA LO RECONOCE".
 

PARA RESTAURAR DERECHOS “DEBO CONSULTAR”, PARA ELIMIARLOS “POR DECRETO Y SIN RECHISTAR”. ES LA PRACTICA DILATORIA A LA QUE NOS TIENEN ACOSTUMBRADOS.