El pasado 29 de junio se publicó el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que recoge entre otras medidas modificaciones de conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.
Estas medidas que entraron en vigor el pasado 30 de junio recoge nuevos permisos y derechos de conciliación para los trabajadores de esta empresa, muchos de ellos son de aplicación directa e inmediata y otros en cambio requiere negociación previa.
La representación social de CCOO en la Comisión del Plan de Igualdad hemos adaptado el Anexo III de Cuadro de Permisos Retribuidos al Real Decreto-ley 5/2023 incluyendo las nuevas medidas a aplicar y ha solicitado a dicha comisión su incorporación.
Por todo ello, la representación social de CCOO tras 21 días desde la entrada en vigor del citado decreto, solicita se apliquen y se comuniquen a todo el personal sin más dilación aquellas medidas y derechos que son de aplicación directa e inmediata e instamos a la empresa para aquellas medidas que necesitan negociación inicien los pasos necesarios.
En concreto las medidas que se han modificado son:
ACCIDENTE, ENFERMEDAD GRAVE, HOSPITALIZACIÓN O INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA CON REPOSO DOMICILIARIO: se amplía.
NACIMIENTO Y CUIDADO DE UN MENOR para familias monoparentales.
CUIDADO DE MENORES Y DEPENDIENTES Y REDUCCIÓN DE JORNADA: se amplia a pareja de hecho, persona mayor de edad con discapacidad.
PERMISO PARENTAL RETRIBUIDO art. 49.g EBEP (PERMISO NUEVO RETRIBUIDO): 8 semanas a disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años.
CUMPLIMIENTO DE UN DEBER INEXCUSABLE Y OTROS DEBERES DE CONCILIACIÓN: se amplia a convivientes no familiares.
CUIDADO DEL LACTANTE: se puede dividir la hora de permiso en 2 fracciones.
ADAPTACIÓN DE LA JORNADA - Estatuto de los Trabajadores art. 34.8/Acuerdo con la parte social- Modificado por el RDL 5/2023. Importante; la respuesta deberá ser en 15 días.
Además, por otro lado, la Orden HFP/793/2023, de 12 de julio, se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, pasando de 0.19 a 0.26 euros. Solicitamos se aplique, así como se explique porqué se suspende y en qué casos los desplazamientos según email recibido por las coordinaciones provinciales.
SEGUIREMOS INFORMANDO!!