(MENOS PROPAGANDA Y MÁS DATOS).
Antes de relatar lo ocurrido en la reunión de la Mesa Negociadora del 14 de febrero, vamos a refrescar la memoria de todos respecto a lo ocurrido en una reunión anterior a esta celebrada el pasado 22 de julio de 2019.
En la citada reunión, se trató el reparto entre los trabajadores y trabajadoras de AEFPA del incremento salarial del 0,25% correspondiente al segundo semestre del año 2019.
Pues bien, en esa reunión los representantes de la dirección de nuestra fundación sentados en la Mesa, en concreto las siguientes personas: Isabel Carmona Powell, Inmaculada López Dionisio, Juan José Bonilla Martinez, Susana Iborra Oquendo, Paloma Borruel Toledo y Eleuterio Alférez de Valenzuela Gallego, defendieron que el reparto de ese incremento salarial se realizara entre el colectivo de trabajadores y trabajadoras procedentes de los antiguos Consorcios UTEDLT para lograr una cierta convergencia salarial dentro de AEFPA.
Finalmente, tras una votación, se acordó entre la parte social mayoritaria (CCOO) y la parte empresarial que el reparto se hiciera por igual entre todo el colectivo con discriminación salarial, es decir, Técnicos medios y superiores UTEDLT y administrativos UTEDLT). El mencionado acuerdo se llevó a cabo con la abstención de la parte social minoritaria (UGT) y sin que este hecho dificultara ni el acuerdo propiamente dicho ni su posterior aplicación, quedando claro de esta forma que es posible negociar entre parte social y empresarial cuando existe voluntad de hacerlo, más aún teniendo en cuenta que la propuesta finalmente acordada por las partes difería de la inicialmente planteada por la parte social, en este caso CCOO puesto que UGT no realizó ninguna propuesta alternativa, que pretendía, la inclusión en el reparto, no solo del colectivo procedente de los Consorcios UTEDLT sino también algunos otros colectivos de trabajadores con bajas remuneraciones, como ordenanzas y administrativos del colectivo FRAE.
La reunión de julio de 2019 demostró que cuando la parte empresarial desea de verdad negociar y llegar a acuerdos con la parte social en materia de reparto de incrementos salariales anuales ello es posible, puesto que esta materia es una de las pocas en materia salarial en las cuales la dirección de AEFPA cuenta con absoluta libertad para acordar lo que crea conveniente con los representantes de los trabajadores y trabajadoras, prescindiendo de autorizaciones de ningún tipo por parte de instancias superiores de la administración autonómica, siempre y cuando el acuerdo alcanzado respete los límites impuestos por la Ley de Presupuestos de Andalucía.
Pero la susodicha reunión también demostró que la parte social, al menos la representación mayoría de CC.OO, está siempre dispuesta a llegar a acuerdos en materia salarial, siempre bajo la premisa irrenunciable de que esos acuerdos ayuden a reducir la brecha salarial entre trabajadores y trabajadoras de nuestra fundación que realizan el mismo trabajo con diferente sueldo.
Refrescada la memoria sobre lo ocurrido el pasado 22 de julio de 2019, vamos a explicar lo ocurrido el pasado 14 de febrero.
El único tema a tratar en la reunión de la Mesa Negociadora del 14 de febrero fue la firma y aprobación del acta de la sesión del 27-11-2019 y el reparto de la subida del 2% de la masa salarial de AEFPA para el año 2020, cuantificada por la empresa en esa misma reunión en 490.336,43 euros.
Pero al contrario de lo ocurrido en julio del 2019, los representantes de la dirección de nuestra fundación sentados en esa mesa, en este caso las siguientes personas: Isabel Carmona Powell, Susana Iborra Oquendo, Paloma Borruel Toledo y Eleuterio Alférez de Valenzuela Gallego, en lugar de proponer un acuerdo que suponga un paso en el escenario de equiparación progresiva de los trabajadores procedentes de los Consorcios UTEDLT, como sí hicieron en julio de 2019, proponen aceptar cualquier propuesta de reparto del incremento de masa salarial, que respetando los límites presupuestarios, cuente con el apoyo unánime de la parte social, en otras palabras sólo aceptará una propuesta que cuente con el apoyo favorable tanto de CC.OO como de UGT.
Con esta maniobra negociadora de la parte empresarial pretende de manera indisimulada escurrir el bulto y su propia responsabilidad dentro del proceso negociador, trasladando esa responsabilidad que les compete, a la parte social e imponiendo una unanimidad en las decisiones a esa parte social que de facto significa otorgar el poder de veto a cualquier acuerdo por parte de la parte social minoritaria, en este caso UGT.
Esta maniobra además de pretender culpabilizar a otros de los posibles desacuerdos, eludiendo la propia responsabilidad, supone un ataque al sistema de relaciones laborales de nuestro país, en este caso imponiendo decisiones desde la parte empresarial a la parte social (mandar en casa ajena), sin respetar el juego de mayorías y minorías existente en la parte social como consecuencia de los procesos electorales. En definitiva, ignorando los resultados de las elecciones sindicales, ninguneando a la representación mayoritaria de los trabajadores y en última instancia devaluando el voto de los trabajadores y trabajadoras, puesto que si la negociación sólo es posible en AEFPA previo acuerdo unánime de la parte social, qué sentido tiene votar a uno u otro sindicato, pareciera que nuestra dirección preferiría un sistema de representación sindical de sindicato único, o lo que es lo mismo unos convidados de piedra que les devolviera en la negociación su propio eco.
Pero lo más absurdo de esta burda maniobra es que contradice totalmente lo ocurrido unos meses antes, en julio de 2019, cuando se acordó un reparto de incremento de masa salarial entre las partes con un acuerdo entre la parte social mayoritaria (CCOO) y la parte empresarial, previa negociación entre ambas, y con la abstención final de la parte social minoritaria (UGT), es decir, lo normal.
Todo esto solo nos puede hacer pensar que la dirección de nuestra empresa no quería realmente un acuerdo, sino únicamente un acta de Mesa de Negociación que acreditara que había cumplido con la obligación legal de negocia el reparto de la subida salarial, tal como establece el artículo 18 de la Ley de Presupuestos de Andalucía para el año 2020, antes de aplicar la subida en el mes de febrero siguiendo el criterio de subir más a quien más cobra y aumentando así la brecha salarial entre trabajadores y trabajadoras que realizan igual trabajo en AEFPA. Y decimos esto, porque de otra forma no se entiende que a sabiendas de que la postura de la parte minoritaria de la parte social (UGT) manifestada en actas de reuniones anteriores es contraria a toda fórmula de reparto que pretenda reducir las diferencias salariales, se le otorgue el poder de veto a cualquier propuesta que no se ajuste a la suya propia, pareciera que la fórmula de reparto preferida por la empresa fuera la misma que la preferida por UGT, sino no es posible encontrar lógica a la estrategia de la dirección de AEFPA. Y para entender mejor este hecho, solo es necesario imaginar un pequeño cambio de papeles en esta negociación, quién en su sano juicio cree que de ser CCOO la parte minoritaria dentro de la parte social, la dirección de la empresa le habría dado el poder de veto de cualquier acuerdo de la Mesa en materia salarial.
Tras describir lo ocurrido el 14 de febrero de 2020 y sus evidentes contradicciones con lo ocurrido en julio de 2019, al menos en lo que respecta a la postura de la dirección de la fundación, creemos conveniente explicar detalladamente la propuesta que la parte social mayoritaria (CCOO) llevó a la Mesa, coincidente con la que ya llevamos a la Mesa de Negociación de julio 2019 y que sirvió de punto de partida para alcanzar un posterior acuerdo.
Esa propuesta, a cuyo estudio el pasado 14 de febrero la parte empresarial dedicó no más de 3 segundos antes de despreciarla, dando idea de la seriedad con la que afrontaron esta negociación, es la siguiente:
Se propuso un reparto en cascada del total del incremento salarial a repartir, los ya indicados 490,336,43 euros, con el objetivo de atender una subida salarial para todos los trabajadores y trabajadoras de AEFPA, pero manteniendo como principio de la fórmula de reparto el principio de que la misma sirviera para reducir las diferencias salariales existentes entre trabajadores y trabajadoras que realizan el mismo trabajo.
Pasos concretos que componen nuestra propuesta:
1,- Se propone que el colectivo de ordenanzas, con un sueldo prácticamente igual al salario mínimo interprofesional vigente en el año 2020, perciba su incremento salarial del 2% de manera íntegra.
2,- Una vez restado de la cifra total a repartir el importe de aplicar la subida salarial del colectivo de ordenanzas, se calcularía el 20% de la cantidad resultante, y la misma se repartiría a partes iguales entre los 908 trabajadores y trabajadoras de AEFPA.
3,- Una vez repartida la cantidad anterior, el 80% restante se repartiría entre los siguientes colectivos: Técnicos superiores y medios procedentes de los Consorcios UTEDLT, Administrativos procedentes de los Consorcios UTEDLT, Administrativos FRAE, Administrativos de Dirección (FRAE).
El primer objetivo de este reparto es conseguir que los Técnicos Medios y Superiores UTEDLT se acerquen al sueldo percibido por el colectivo más numeroso entre los técnicos FRAE, los denominados Responsables Técnicos Nivel 4. El cálculo de la subida salarial de Técnicos Medios y Superiores se calcularía en función de la diferencia salarial de estos y los Responsables Técnicos Nivel 4, usando una fórmula similar a la recogida en su día en el laudo arbitral.
El segundo objetivo de este reparto es conseguir que todos los Administrativos, UTEDLT y FRAE, vean subir su sueldo para acercarse al salario actualmente percibido por el colectivo de los Secretarios/as de Dirección/Gerencia, de tal manera que se consiga en el futuro que todos los administrativos tengan un mismo sueldo y que este sea el mayor de los actualmente percibidos por este colectivo. El cálculo de la subida salarial de los administrativos UTEDLT y FRAE se calcularía en función de la diferencia salarial de estos y los Secretarios/as de Direccion/Gerencia, usando una fórmula similar a la recogida en su día en el laudo arbitral.
De la aplicación de este sistema de reparto, que creemos muy justo con todos los colectivos sin obviar a ninguno de ellos y favoreciendo a todos aquellos afectados por la discriminación salarial o con remuneraciones más bajas, se obtendrían los siguientes aumentos salariales:
- T. Superior UTEDLT: 745,36€
- T. Medio UTEDLT: 807,85€
- Administrativos UTEDLT: 517, 71€
- Administrativos FRAE: 495,37€
- Administrativos de Dirección CADE: 353,51€
- Ordenanzas: 402,2€
- Resto de trabajadores y trabajadoras: 108,04€
Las diferencias salariales entre los trabajadores procedentes de los consorcios UTEDLT se reducirían en las siguientes cantidades:
- La diferencia entre Técnicos Superiores UTEDLT y los Responsables Técnicos Nivel 4 se reduciría en un solo año en 637,32 euros, mientras que de aplicarse el reparto que desea realizar la empresa con el visto bueno de UGT la diferencia salarial aumentaría en 196,51€.
- La diferencia entre Técnicos Medios UTEDLT y los Responsables Técnicos Nivel 4 se reduciría en un solo año en 699,81 euros, mientras que de aplicarse el reparto que desea realizar la empresa con el visto bueno de UGT la diferencia salarial aumentaría en 215,77€.
Y las diferencias salariales de los administrativos FRAE respecto al sueldo mayor dentro de su colectivo se reducirían en los siguientes porcentajes:
- La diferencia entre Administrativos FRAE y los Secretarios/as de Dirección/Gerencia se reduciría en un solo año en 387,33 euros, mientras que de aplicarse el reparto que desea realizar la empresa con el visto bueno de UGT la diferencia salarial aumentaría en 76,63€.
- La diferencia entre Administrativos Dirección CADE y los Secretarios/as de Dirección/Gerencia se reduciría en un solo año en 245,47 euros, mientras que de aplicarse el reparto que desea realizar la empresa con el visto bueno de UGT la diferencia salarial aumentaría en 48,56€.
Pese a lo moderada de esta propuesta respecto al modo de reparto del incremento de masa salarial para el año 2020 y lo extensa de la misma, con muchos detalles a valorar, la empresa no dedicó, siendo generosos, no más de 3 segundo a su estudio y valoración.
Pero dicho todo lo anterior, NOSOTROS:
- No nos resignamos a acudir a una y otra reunión de la Mesa Negociadora para ser ninguneados como representantes mayoritarios de los trabajadores y trabajadoras de AEFPA, porque creemos que el apoyo recibido de la mayoría de compañeros y compañeras en forma de voto, nos obliga a no resignarnos y seguir adelante con la negociación.
- No nos resignamos a ver día tras día como la Dirección de AEFPA desaprovecha cada oportunidad que se le presenta de resolver los graves problemas laborales de la fundación, tomando decisiones que siempre van en perjuicio de una parte mayoritaria de la plantilla (más del 70% de la misma) ahondando diferencias salariales injustificables entre compañeros y compañeras que realizan el mismo trabajo.
- En definitiva, NO NOS RESIGNAMOS ahora como no lo hicimos en los últimos 11 años, mientras se mantenga en AEFPA una situación de discriminación salarial injusta e ilegal.
Y no nos vamos a resignar nunca, mientras sintamos el apoyo de la mayoría de los trabajadores y trabajadoras de nuestra empresa.
Adjuntamos enlace a todas las actas que hacemos referencia en el Comunicado para que los trabajadores tengan la información al completo:
SEGUIREMOS INFORMANDO!!!